Aplazamiento de impuestos de las empresas de construcción
Para una empresa de construcción, el final de cada trimestre puede concentrar una parte importante de sus obligaciones de pago. IVA, retenciones y, en determinados casos, pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, que se suman a los gastos habituales de una obra: nóminas, proveedores, subcontratas, materiales o maquinaria.
Las obligaciones fiscales dependen de la actividad y de la situación de cada empresa, pero una constructora puede tener que presentar habitualmente diferentes autoliquidaciones trimestrales.
Entre las más habituales encontramos:
- IVA, mediante el modelo 303.
- Retenciones e ingresos a cuenta, como las correspondientes a trabajadores, profesionales o determinados alquileres.
- Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, mediante el modelo 202, cuando la empresa está obligada a realizarlos.
El problema no siempre está en la capacidad de la empresa para hacer frente a sus obligaciones, sino en que los cobros y los pagos de una obra no siempre coinciden en el tiempo.
Cuando existe un desfase temporal de tesorería, el aplazamiento o fraccionamiento de determinadas deudas tributarias puede ser una opción. Pero si la Administración concede un aplazamiento o fraccionamiento, exige garantías, la empresa debe acreditar que la deuda quedará suficientemente garantizada.
La normativa tributaria contempla diferentes fórmulas y, entre ellas, el certificado de seguro de caución. La Ley General Tributaria incluye expresamente esta modalidad entre las garantías que pueden utilizarse para asegurar el cumplimiento de una deuda.
¿Qué aporta el seguro de caución?
El seguro de caución permite que una compañía aseguradora garantice frente al beneficiario —en este caso, cuando corresponda, la Administración— el cumplimiento de una obligación asumida por la empresa.
Para la constructora, esto significa que puede estudiar una alternativa a la hora de constituir la garantía exigida para un aplazamiento tributario.
La construcción tiene una característica que hace especialmente importante la planificación de tesorería: una empresa puede estar ejecutando una obra durante meses mientras adelanta numerosos costes antes de recibir determinados cobros.
Utilizar un seguro de caución para una garantía tributaria, cuando sea posible, permite gestionar esa necesidad de forma independiente de otras necesidades de financiación bancaria…
Planificar antes de que llegue el vencimiento
La clave está en anticiparse.
Si una constructora detecta antes del cierre del trimestre que puede tener dificultades para atender una determinada deuda tributaria, puede analizar con tiempo:
- Qué obligación debe pagar.
- Si esa deuda puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento.
- Qué garantías puede exigir la Administración.
- Qué alternativa de garantía resulta más adecuada para la empresa.
- Cómo afectará cada opción a su financiación y tesorería.
Este análisis previo permite evitar decisiones precipitadas cuando se acerca la fecha límite de pago.
Si tu empresa de construcción necesita solicitar un aplazamiento tributario y debe aportar una garantía, nuestro equipo especializado puede estudiar contigo las opciones de seguro de caución para aplazamiento de impuestos.