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Seguros obligatorios si eres una empresa de Construcción

Si tu empresa pertenece al Sector de la Construcción necesitas tener contratados de manera obligatoria, una serie de seguros para poder desempeñar tu actividad. Además, hay otros seguros que, sin ser obligatorios, pueden ayudarte ante cualquier imprevisto.

Seguros obligatorios

Seguro Decenal

Garantiza durante los diez años posteriores a la entrega de la obra cualquier daño que se produzca en la edificación asegurada siempre y cuando tengan su origen o afecten a la cimentación y/o a la estructura, y comprometan la resistencia mecánica y estabilidad de la misma.

Afianzamiento de cantidades

El seguro de Afianzamiento de Cantidades entregadas a cuenta garantiza a los compradores de viviendas aquellos anticipos entregados para la adquisición de las mismas en el caso de que el promotor no llegue a finalizar las obras o no cumpla con los plazos pactados de entrega.

Es un seguro que contrata el promotor de las viviendas y que aporta tranquilidad tanto al tomador del seguro (promotor) como al beneficiario (comprador).

Responsabilidad Civil Profesional

El seguro de Responsabilidad Civil Profesional tiene como finalidad garantizar las consecuencias económicas derivadas de cualquier reclamación por daños personales, materiales y perjuicios consecuenciales. Así como los perjuicios patrimoniales primarios causados a terceros por un error o falta profesional cometida por el asegurado. O bien por personal de la que legalmente deba responder en el desempeño de la actividad profesional asegurada.

Seguros no obligatorios

Todo Riesgo Construcción

El seguro Todo Riesgo Construcción garantiza los daños materiales ocasionados a la propia obra durante la ejecución de los trabajos, siempre que los daños materiales sean producidos como consecuencia directa de una causa accidental e imprevisible, incluidos los que tengan su origen en los fenómenos de la naturaleza. 

Aunque es cierto que el seguro Todo Riesgo Construcción es voluntario, sí se trata de un seguro muy recomendable. No obstante, hay casos en que se exige la contratación de este seguro, por ejemplo, por el propio promotor de la obra como requisito para el encargo de la obra por interés en el aseguramiento total de la promoción, o incluido en los pliegos de condiciones de contratos de la administración.

Si tu empresa pertenece al sector de la construcción, no lo dudes y contacta con nosotros. Te asesoraremos sin compromiso de lo que necesitas para que tu empresa y tu obra estén perfectamente protegidos.